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Temario de Policía Portuaria: guía completa por normas

Qué leyes y reglamentos forman el temario común a todas las Autoridades Portuarias, qué regula cada uno, y por dónde empezar a estudiar.

Publicado el 23/08/2026 · FARO AZUL Academia Profesional

Resumen en 30 segundos

El temario común de Policía Portuaria se apoya en 6 normas: la Constitución (organización territorial del Estado), el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (la más importante — define Puertos del Estado, Autoridades Portuarias y el Servicio de policía portuaria en su art. 296), el III Convenio Colectivo, el PBIP y el RD 1617/2007 (protección y seguridad portuaria), y el Reglamento de mercancías peligrosas. Cada Autoridad Portuaria añade después su propio reglamento y ordenanzas.

Si estás empezando a preparar la oposición de Policía Portuaria, lo primero que sorprende es la cantidad de normas distintas que hay que manejar. La buena noticia es que, aunque cada convocatoria puede añadir matices propios de su Autoridad Portuaria, existe un núcleo común que se repite en (prácticamente) todos los procesos selectivos. En FARO AZUL trabajamos ese núcleo a partir de seis textos legales verificados, que te explicamos uno por uno.

Las 6 normas del núcleo común

1. Constitución Española — Título VIII

El Título VIII ("De la organización territorial del Estado") arranca en el artículo 137, que establece cómo se organiza territorialmente España en municipios, provincias y Comunidades Autónomas. Es la base para entender por qué es la Administración General del Estado quien gestiona los puertos de interés general a través de Puertos del Estado.

Artículo clave: 137

2. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante

Real Decreto Legislativo 2/2011. Es la norma más extensa y más preguntada del temario. Define qué es Puertos del Estado (organismo público central, arts. 16-17) frente a qué es una Autoridad Portuaria (organismo que gestiona un puerto concreto, arts. 24-25), regula el dominio público portuario (art. 67), los servicios portuarios (art. 108), el servicio de señalización marítima (art. 137 de esta misma ley — no confundir con el art. 137 de la Constitución, son normas distintas) y, en su artículo 296, el Servicio de policía portuaria: quién lo ejerce, con qué consideración legal (agente de la autoridad) y su obligación de colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Artículos clave: 16, 17, 24, 25, 67, 108, 137, 296

3. III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias

Regula las condiciones laborales del personal de Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias: jornada, turnos, vacaciones, permisos, clasificación profesional y régimen disciplinario. Menos preguntado que la Ley de Puertos, pero recurrente en preguntas sobre jornada y régimen de personal.

4. PBIP — Reglamento (CE) 725/2004

El Código PBIP (Protección de Buques e Instalaciones Portuarias) traspone a la normativa europea las medidas del Convenio SOLAS para reforzar la protección marítima y portuaria: niveles de protección, evaluaciones y planes de protección de instalaciones.

5. Real Decreto 1617/2007

Desarrolla en España las medidas de protección de puertos y transporte marítimo que exige el PBIP. Define figuras clave como la Autoridad de protección portuaria (art. 7) — que no debe confundirse con la Autoridad Portuaria "a secas" de la Ley de Puertos, son conceptos distintos aunque el nombre se parezca — y los niveles de protección marítima (art. 14).

Artículos clave: 7, 14

6. Reglamento de mercancías peligrosas en los puertos

Regula la admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas: qué competencias tiene la Autoridad Portuaria para admitirlas o prohibirlas (art. 4), inspección de bultos sospechosos, atraques habilitados y obligaciones de los buques que las transportan. Tema recurrente en examen por su nivel de detalle técnico.

Artículo clave: 4

A estas seis normas, cada Autoridad Portuaria añade su propio reglamento de explotación y policía (previsto precisamente en el art. 295 de la Ley de Puertos) y sus ordenanzas particulares — por eso conviene revisar siempre la guía específica de tu puerto además de este temario común.

Orden de estudio recomendado

  1. Ley de Puertos — es la columna vertebral; entenderla bien facilita todo lo demás.
  2. Constitución (Título VIII) — contexto de organización territorial, lectura relativamente corta.
  3. PBIP y RD 1617/2007 juntos — están muy relacionados entre sí, mejor estudiarlos en la misma sesión.
  4. Reglamento de mercancías peligrosas — denso pero muy estructurado por capítulos.
  5. III Convenio Colectivo — condiciones laborales, buen cierre del bloque común.
  6. Reglamento específico de tu Autoridad Portuaria — el último paso, una vez domines el núcleo común.

Todo lo que necesitas saber sobre el temario de Policía Portuaria

¿Cuántas normas forman el temario de Policía Portuaria?

Hay un núcleo común a todas las Autoridades Portuarias formado por 6 normas: la Constitución Española (organización territorial del Estado), el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, el III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, el Reglamento PBIP, el Real Decreto 1617/2007, y el Reglamento de mercancías peligrosas en los puertos. Cada Autoridad Portuaria añade además su propio reglamento de policía y ordenanzas específicas.

¿Cuál es la norma más importante del temario?

El Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante es la columna vertebral: define qué es Puertos del Estado, qué es una Autoridad Portuaria, el dominio público portuario, los servicios portuarios, y en su artículo 296 regula específicamente el Servicio de policía portuaria. La mayoría de las preguntas de examen giran directa o indirectamente en torno a esta ley.

¿Qué diferencia hay entre Puertos del Estado y una Autoridad Portuaria?

Puertos del Estado es el organismo público central (artículos 16 y 17 de la Ley de Puertos), con funciones de coordinación y planificación general del sistema portuario español. Cada Autoridad Portuaria (artículos 24 y 25) es el organismo que gestiona un puerto o grupo de puertos concreto. En una frase: Puertos del Estado coordina, la Autoridad Portuaria gestiona.

¿Qué regula el artículo 296 de la Ley de Puertos?

El artículo 296 regula el Servicio de policía portuaria: las funciones de policía especial atribuidas a la Autoridad Portuaria corresponden a su Consejo de Administración y se ejercen mediante personal cualificado adscrito al Servicio de Policía, con la consideración de agente de la autoridad dentro del ámbito portuario y obligación de colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad siempre que sea preciso.

¿Por dónde empezar a estudiar el temario de Policía Portuaria?

Recomendamos empezar por la Ley de Puertos, seguir con la Constitución (Título VIII), después PBIP y RD 1617/2007 juntos por estar muy relacionados, el Reglamento de mercancías peligrosas, y cerrar con el III Convenio. Termina siempre con el reglamento específico de tu Autoridad Portuaria, una vez domines el núcleo común.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas normas forman el temario de Policía Portuaria?

Hay un núcleo común a todas las Autoridades Portuarias formado por 6 normas: la Constitución Española, el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, el III Convenio Colectivo, el Reglamento PBIP, el Real Decreto 1617/2007, y el Reglamento de mercancías peligrosas. Cada Autoridad Portuaria añade además su propio reglamento de policía y ordenanzas específicas que conviene revisar aparte.

¿Cuál es la norma más importante del temario?

El Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, porque define la organización básica del sistema portuario (Puertos del Estado, Autoridades Portuarias), el dominio público portuario, los servicios portuarios y, en su artículo 296, el propio Servicio de policía portuaria.

¿Qué diferencia hay entre Puertos del Estado y una Autoridad Portuaria?

Puertos del Estado (arts. 16-17 de la Ley de Puertos) coordina el sistema portuario a nivel estatal. Cada Autoridad Portuaria (arts. 24-25) gestiona un puerto concreto. Puertos del Estado coordina, la Autoridad Portuaria gestiona.

¿Qué regula el artículo 296 de la Ley de Puertos?

El Servicio de policía portuaria: quién lo ejerce (personal de la Autoridad Portuaria adscrito al Servicio de Policía), su consideración legal (agente de la autoridad dentro del ámbito portuario) y su obligación de colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando sea preciso.

¿Por dónde empezar a estudiar?

Por la Ley de Puertos, seguida de la Constitución (Título VIII), PBIP y RD 1617/2007 juntos, el Reglamento de mercancías peligrosas, el III Convenio, y por último el reglamento específico de tu Autoridad Portuaria.

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